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Arraigo

Arraigo familiar

Guía orientativa

Para familiares de personas españolas o menores a cargo.

Nivel 3 — Revisión especializada

Por su complejidad, puede ser recomendable consultar con un profesional especializado.

Es una orientación, no un diagnóstico jurídico.

¿Qué es?

Es una vía de arraigo para familiares de personas españolas o para progenitores de menores españoles.

¿Para quién puede ser?

Puede interesarte si eres familiar directo de una persona española o tienes un hijo o hija con nacionalidad española.

Un ejemplo

Grace tiene un hijo con nacionalidad española y quiere regularizar su situación para cuidarlo con estabilidad.

Ejemplo ilustrativo. No promete ningún resultado.

¿Qué puedes conseguir?

Una autorización por tu vínculo familiar, si cumples las condiciones.

Antes de empezar

  • Esta vía no suele exigir un tiempo mínimo de permanencia.
  • Tendrás que acreditar el vínculo familiar.
  • Comprueba el resto de requisitos en la fuente oficial.

¿Qué documentos pueden pedirte?

Normalmente te pedirán documentos de estos tipos. Verás la lista completa y detallada en la información técnica.

  • Otros documentos
  • Identidad
  • Tasas y justificantes
  • Familia

¿Cuánto cuesta?

Hay una tasa oficial de extranjería (modelo 790) que se paga en el banco. Es una cantidad fija: no dejes que nadie te cobre de más por 'tramitarlo'. Hay entidades sociales que ayudan gratis.

¿Dónde se hace?

Este trámite se presenta ante la Administración española. Aquí te ayudamos a entenderlo y te llevamos siempre a los canales oficiales cuando tengas que hacer una gestión.

Palabras que quizá no conozcas

¿Cuándo conviene buscar ayuda?

En algunas situaciones es mejor que te apoye una persona experta (abogado de extranjería, gestor o una entidad social). Por ejemplo:

  • Si tienes antecedentes penales o policiales.
  • Si has recibido una denegación, una sanción o una orden de expulsión.
  • Si tienes que presentar un recurso.
  • Si algún documento es dudoso o difícil de conseguir.
  • Si tu situación familiar es complicada.
  • Si tienes plazos muy ajustados.

Hay entidades sociales que acompañan de forma gratuita.

Ver requisitos y pasos completosToda la información técnica: requisitos, documentación, modelos, tasas, pasos y enlaces oficiales.

En palabras sencillas

El arraigo familiar es, por ejemplo, para padres, madres o tutores de menores de nacionalidad española o de la Unión Europea, o para quien apoya a personas con discapacidad de esos países.

A diferencia de otros arraigos, no exige un tiempo mínimo de permanencia en España.

Los contenidos de esta ruta son de demostración. Confirma los requisitos y documentos exactos de tu caso en la fuente oficial o con una entidad especializada.

Pasos generales

  1. 1

    Comprueba que cumples los requisitos

    Este arraigo no exige un tiempo mínimo de permanencia, pero sí carecer de antecedentes penales y acreditar tu situación.

  2. 2

    Reúne la prueba del vínculo familiar

    Consigue los documentos que acrediten tu relación con el menor o la persona de la que dependes.

  3. 3

    Rellena el EX-10, paga la tasa y presenta

    Completa el modelo EX-10, abona la tasa y pide cita para presentar toda la documentación.

Documentos recomendados

  • Formulario de solicitud (modelo EX-10)

    El impreso oficial de solicitud, por duplicado y firmado.

    Qué mirar en este documento

    1. 1El importe pagado y el modelo de tasa correcto.
    2. 2El sello del banco o el justificante del pago electrónico.
    Descargar el modelo EX-10 oficial
  • Pasaporte completo y en vigor

    Todas las páginas, aunque estén en blanco.

    Qué mirar en este documento

    1. 1La foto y la página con tus datos personales.
    2. 2El número de pasaporte y la fecha de caducidad.
    3. 3La zona de líneas del final (lectura mecánica).
  • Certificado de antecedentes penales

    De tu país de origen y de los países donde hayas vivido en los últimos cinco años.

  • Justificante del pago de la tasa

    El comprobante de haber abonado la tasa de extranjería (modelo 790).

    Qué mirar en este documento

    1. 1El importe pagado y el modelo de tasa correcto.
    2. 2El sello del banco o el justificante del pago electrónico.
  • Documentación del vínculo familiar

    La que acredita tu relación con el menor español o de la UE, o con la persona a la que apoyas.

Dónde y cómo entregarlo

Estas son las vías habituales para presentar este tipo de trámite. Comprueba siempre cuál es la tuya en la fuente oficial antes de presentar.

  • En persona

    Oficina de Extranjería (con cita previa)

    Se presenta el modelo EX-10 con la documentación. Lleva los originales además de las copias.

    Ir a la web oficial
  • Por internet

    Sede electrónica (si tu provincia lo permite)

    En algunas provincias la solicitud puede presentarse por internet con identificación digital.

    Ir a la sede oficial

¿No tienes Cl@ve ni certificado digital?

Para entregar por internet necesitas identificarte con Cl@ve o con un certificado digital. Te explicamos qué son y cómo conseguirlos, incluida la opción desde casa.

Cómo conseguir Cl@ve o certificado

Cita previa: La solicitud (modelo EX-10) se presenta en la Oficina de Extranjería, normalmente con cita previa; en algunas provincias puede presentarse por internet. Comprueba tu caso en la fuente oficial.

La cita previa, sin estafas

Qué llevar el día de la entrega

  • El modelo EX-10 firmado y tu pasaporte, con copias.
  • El certificado de antecedentes penales, traducido y legalizado.
  • El justificante de la tasa pagada.
  • La documentación específica de tu tipo de arraigo.

En qué formato se suele pedir

  • Presenta cada documento legible; los documentos extranjeros, traducidos y legalizados si te los exigen.
  • Guarda una copia de todo lo que presentes.

Sobre el coste: Hay una tasa oficial de extranjería (modelo 790) que se paga en el banco. Es una cantidad fija: no dejes que nadie te cobre de más por 'tramitarlo'. Hay entidades sociales que ayudan gratis.

Y después, ¿qué hago?

  1. 1

    Confirma que cumples los requisitos

    Comprueba en la hoja oficial el tiempo de permanencia, los antecedentes y lo específico de tu tipo de arraigo.

  2. 2

    Reúne y traduce con tiempo

    El certificado de antecedentes y su traducción y legalización son lo que más tarda. Empieza por ahí.

  3. 3

    Pide cita y presenta el EX-10

    Guarda el resguardo con número de registro: es tu prueba de haber presentado.

  4. 4

    Atiende las notificaciones

    Pueden pedirte que subsanes algo o citarte para las huellas. Revisa con regularidad.

Cosas a tener en cuenta

  • Contenido de demostración: esta lista es orientativa y no sustituye a la información oficial de tu caso.
  • El Reglamento de Extranjería cambió en 2025 (RD 1155/2024). Comprueba siempre los requisitos vigentes en la hoja oficial.
  • Necesitas carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido los últimos cinco años.
  • Si tu situación es compleja, busca apoyo en una entidad social especializada. Muchas acompañan gratis.

Recursos y ayudas

Preguntas frecuentes

¿Necesito llevar dos años en España?

El arraigo familiar es una excepción: no exige un tiempo mínimo de permanencia. Comprueba el resto de requisitos en la fuente oficial.

¿Cuánto tarda en resolverse?

Depende de la oficina, la provincia y el tipo de trámite: puede ir de unas semanas a varios meses. Puedes consultar cómo va tu solicitud en la sede electrónica con tu identificación digital.

¿Necesito un abogado o una gestoría?

Para muchos trámites puedes hacerlo tú con un poco de ayuda. Si tu caso es complejo, busca apoyo: hay entidades sociales que acompañan de forma gratuita.

¿Qué pasa si me lo deniegan?

Puedes pedir que te expliquen el motivo y, según el caso, presentar un recurso. Hazlo en plazo y, si puedes, con apoyo de una entidad especializada.

Esta herramienta ofrece orientación general y ayuda a organizar documentos. No sustituye el asesoramiento de un profesional ni garantiza la aprobación de ningún trámite. Comprueba siempre la información en la fuente oficial correspondiente.